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Solicitud de tarjetas de estacionamiento y accesibilidad para personas con movilidad reducida

El procedimiento "Solicitud de tarjetas de estacionamiento y accesibilidad para personas con movilidad reducida" tiene como objeto facilitar la tarjeta de accesibilidad para el transporte público y la tarjeta de estacionamiento a los vecinos o vecinas del municipio con graves problemas de movilidad, como documento acreditativo de su situación, con carácter personal e intransferible, con la finalidad de favorecer el uso y disfrute de los transportes privados y para que su titular pueda disfrutar de las facilidades de estacionamiento relacionadas con la misma.

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

  • Solicitud de tarjetas de accesibilidad y estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Certificado de discapacidad. Certificado emitido por los equipos de valoración (EVO) de la Xunta de Galicia, o por los de otras Comunidades Autónomas, indicando el grado de discapacidad.
  • Permiso de conducción (en caso de tarjeta de estacionamiento). Copia del Permiso de Conducir de la persona discapacitada, o de la persona/as que vayan a conducir habitualmente el vehículo si la persona discapacitada no pudiese.
  • Declaración jurada. En caso de que la persona discapacitada no pueda conducir el vehículo, incluir declaración jurada de la persona que será el conductor habitual de dicho vehículo.
  • Justificante del Abono de IVTM. Justificante del pago del último recibo del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del vehículo a utilizar por la persona discapacitada, ya sea como conductor, o como pasajero.

Nombre: Tarjetas de estacionamiento y accesibilidad para personas con movilidad reducida.

Inicio del procedimiento:
A instancia de parte.

Tipo de interesado:
Persona física.

Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.

Plazo de resolución: 3 meses.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.